14 agosto 2006

No Fumarás

A partir de hoy, en Chile, comienza a regir la nueva ley del tabaco, que tienes muchas nuevas restricciones para los fumadores.

Los detalles de esta controversial ley son:

No se puede fumar de ninguna manera en: escuelas y colegios; lugares en que se venda combustible; lugares donde se manejen o fabriquen materiales explosivos; medios de transporte público o colectivo y ascensores.

Se puede fumar, pero sólo en sus patios abiertos o espacios al aire libre en:
a) Recintos o dependencias de los órganos del Estado
b) Establecimientos de educación superior, públicos y privados
c) Establecimientos de salud, públicos y privados
d) Aeropuertos y terrapuertos
e) Teatros, cines, lugares en que se presenten espectáculos culturales y musicales
f) Gimnasios y recintos deportivos
g) Centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general
h) Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público
Estos establecimientos tendrán una o más salas especialmente habilitadas para fumar, menos los dedicados a la atención de salud. La empresa privada debe decidir si establece salas especiales, la decisión corresponde de los propietarios o administradores, "oyendo el parecer de los empleados".

En las oficinas con más de 10 personas no se puede fumar. Sin embargo, y si el número de funcionarios fuera menor a éste, entre ellos deberán llegar a un acuerdo para establecer si se permite o no el consumo en el recinto.

Areas de fumadores y no fumadores. Los restoranes, bares, pubs, discotecas, cabaret, casinos de juego, todo lo que se le parezca y que tenga más de 100 metros cuadrados tiene que habilitar un área hermética y con ventilación como sector para fumadores.

En tanto, los locales que cuenten con menos de 100 metros cuadrados, tiene que optar entre ser para fumadores o no fumadores. Los que se prefieran esta primera opción, no pueden admitir a menores de 18 años.

La "vida nocturna", también se verá afectada. Los cabaret, donde se supone no ingresan menores de edad, y en discotecas donde se expendan bebidas alcohólicas y se asegure la entrada sólo para mayores de 18 años, tienen que señalar si son para fumadores o no fumadores.

En los lugares reservados para no fumadores se debe exhibir advertencias que prohíban fumar, las cuales tienen que ser notoriamente visibles y comprensibles

Los lugares o recintos reservados para fumadores, a la entrada y al interior deben exhibir advertencias que indiquen dicha circunstancia.

Los fumadores quedarán aislados y los locales deben contar con mecanismos que impidan el paso del humo hacia el resto del recinto.

La publicidad del tabaco está prohibida. A excepción del interior de los lugares de venta. En este caso se permite un aviso de dos por un metros, que deberá incluir la respectiva advertencia del daño que produce, mientras que también deben ser exibidos avisos hechos por el Ministerio de Salud que informen sobre el daño que produce fumar.

Los menores de edad no pueden obtener cigarrillos. La comercialización o entrega gratuita de tabaco a los menores de 18 años queda obsoleta.

Los cigarrillos sueltos están estrictamente prohibidos, al igual que paquetes que contengan una cantidad inferior a 10.

Nada de concursos. La ley prohíbe ofrecer o proporcionar cualquier compensación por la compra de cigarros.

La mitad del paquete debe estar destinado a advertir los peligros del tabaco. La advertencia que debe ser "clara y precisa". El aviso establece una o más advertencias sucesivas, que pueden ser diseñados con distintos dibujos, fotos o leyendas

Ni light, ni suave, ni nada. Los términos light, suave, ligero, bajo en alquitrán, nicotina, monóxido de carbono u otros similares no corren más.

Los lugares que si se permite el avisaje, deberán estar a más de 300 metros de distancia desde el lugar de acceso de establecimientos educacionales.

No se permite comerciar tabaco en un radio de 100 metros alrededor liceos y colegios, tanto de enseñanza básica como media.

En la enseñanza básica y media se comenzarña a enseñar los peligros de fumar. La idea, que se aplicará desde marzo de 2007, busca lograr desde pequeños bajar el nivel de consumo en nuestro país.

El nivel de sustancias que componen cada cigarrillo o producto de tabaco debe tenerlo claramente identificado en la cajetilla o paquete. Y, una vez al año, deben actualizar esta información ante el Ministerio de Salud, para que establezca límites a componentes peligrosos.

Espero que la informacion les sea de utilidad, para exigir sus derechos, como fumador o como no fumador.

La informacion fue tomada de: Radio Cooperativa

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